El promotor de una obra, es la persona o empresa que siendo propietario de un terreno, contrata a una sola constructora para que desarrolle prácticamente el 100% del proyecto, normalmente con un precio cerrado. El promotor que subcontrata las distintas fases de la obra a distintas empresas, se convierte automáticamente en promotor-constructor, al sustituir con su acción la figura del constructor principal, en ese caso ver: www.responsabilidadcivilconstructor.es.
Su responsabilidad es siempre solidaria con cualquiera de los intervinientes (art. 17.3 LOE). Por lo que cualquier daño a un tercero o trabajador de la obra le puede ser imputado.